El personal que trabaje en forma eventual tiene que ser autorizado por el propietario amarrista sin excepción con un mínimo de 24 hs. de anticipación vía e-mail detallando nombre completo y DNI del autorizado a capitaniabgrande@avn-nordelta.com.
Tanto si su tarea es frecuente o eventual, el personal debe tener su correspondiente Seguro/ART para presentarlo vía e-mail a capitaniabgrande@avn-nordelta.com .
También debe completar el trámite de Empadronamiento presentándose en la oficina de AVN, con turno previo (puede solicitarlo aquí), con la siguiente documentación:
- DNI
- RNR Certificado de Reincidencia (http://www.dnrec.jus.gov.ar/)
- Declaración jurada (firmada por el intendente y el propietario).
Además, es importante recordar que el personal designado debe ingresar por los accesos correspondientes a cada embarcación, para ejercer un debido control del ingreso a cada peine de amarras. Quedan terminantemente prohibidos los traslados y/o movimientos vía acuática (bote/gomón/chinchorro) sobre el espejo de agua de cualquier fondeadero por Canal Mayor hacia otro complejo de amarras y/o viceversa.
Por todo lo anterior, se solicita a los propietarios amarristas instruir y tener presente el cumplimiento de la presente norma al personal autorizado, evitando inconvenientes y sanciones.
Por cualquier consulta, comunicate con el Servicio de Atención al Vecino: sav@avn-nordelta.com, y seguinos en nuestras redes @AVNordelta.